Precios de Transferencia en Chile

¿Qué son los Precios de Transferencia?

Los Precios de Transferencia pueden definirse como el valor asignado a las transacciones realizadas    entre    empresas    relacionadas;    es decir, es el precio pactado a los cuales se transfieren bienes, servicios y/o intangibles entre partes relacionadas o con empresas que se encuentran en territorios que tiene un régimen fiscal preferencial, comúnmente conocidos como paraísos fiscales

¿Cuál es la base legal de los Precios de Transferencia en Chile

Chile, país miembro de OCDE, ha incluido cambios en su Normativa de Precios de Transferencia, de tal manera que ha ido adecuando a lo señalado por la OCDE en relación con dicha materia.

Chile desde el año 1998 ha incorporado a su legislación normas relacionadas con los Precios de Transferencia.

No obstante, es recién a partir del año 2012, en el cual  mediante  Ley  20.630,  reformó  las  normas  en dicha materia, incorporando en el artículo 41-E de la Ley Sobre Impuesto a la Renta (la Ley) medidas según los lineamientos de las Directrices de Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE).

Siendo un país miembro de la  mencionada organización ha seguido  introduciendo  cambios  a este régimen a partir del 2016, adecuándose a la Acción 13 del  Plan  BEPS  (Base  and  Erosión  and Profit  Shifting),  con  la  finalidad  de  tomar  medidas contra la evasión o elusión fiscal.

¿Quiénes son los sujetos alcanzados por estas regulaciones?

En la legislación chilena, se establece como parte de sus obligaciones formales, que los contribuyentes que realicen

operaciones con partes relacionadas deberán contar con un Estudio Técnico, de conformidad al Numeral 3 del Artículo 41-E de la Ley.

Asimismo, señala que acorde al Numeral 6 del mencionado artículo, también podrán estar obligados a presentar una declaración jurada de precios de transferencia, de acuerdo a las formas y plazos que establezca el SII.

Cabe señalar que, a partir del 2016, Chile se fue adecuando a la Acción 13 del Plan BEPS de la OCDE, con lo cual  fue introduciendo el Reporte País por  País (CBC Report), como uno de los tres niveles de documentación planteados  en  dicha acción.

Posteriormente, en agosto de 2020, introdujo los otros dos niveles de documentación como lo es el Archivo Local (Local Report) y el Archivo Maestro (Master File).

¿Qué se entiende por empresas vinculadas?

Para los efectos de aplicar las normas  de  precios de transferencia, las partes de la operación, reorganización o reestructuración en  cuestión, deberán encontrarse en  alguna de las hipótesis de relación contempladas en la LIR, según la cual, tales partes se entenderán relacionadas en los siguientes casos:

  1. Ante la participación de forma directa o indirecta en el manejo en su totalidad de la entidad, o una misma persona o personas participen directa o indirectamente en la dirección, control, capital, utilidades o ingresos de ambas partes, entendiéndose todas ellas relacionadas entre sí.
  • Cuando se trate de una subsidiaria, filial, oficina, respecto de su casa matriz, así como con otros establecimientos permanentes de la misma casa matriz, con partes vinculadas de esta última y establecimientos permanentes de aquellas.
  • Cuando las transacciones se lleven a cabo con territorios de nula o baja imposición tributaria para los efectos de la normativa tributaria, salvo excepciones que se cuente con un acuerdo de intercambio de información relevante para los efectos de aplicar las disposiciones tributarias, que se encuentre vigente.
  • En cuanto a las personas naturales, cuando existan vínculos de consanguinidad y/o afinidad.
  • Cuando una parte lleve a cabo una o más operaciones con un tercero que, a su vez, lleve a cabo, directa o indirectamente, con un relacionado de aquella parte, una o más operaciones similares o idénticas a las que realiza con la primera, cualquiera sea la calidad en que dicho tercero y las partes intervengan en tales operaciones.

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